Por: La Redacción.
Chihuahua, Chih., a 1 de septiembre del 2023.- La Unidad de Investigación del delito de Desaparición Forzada, de la Fiscalía Especializada en Investigación de Violaciones de Derechos Humanos, consiguió que un Tribunal de Juicio Oral de Chihuahua, dictara una sentencia de 16 años y 8 meses de prisión, en contra Fernando F. C., alias “El Cuervo”, coautor involucrado en la desaparición del activista Cruz Soto Caraveo.
A principios del mes de noviembre de 2022, el Ministerio Público presentó la imputación de cargos por el delito de desaparición cometida por particulares, en complicidad con diversos sujetos, el día 13 de octubre de 2019 en el poblado de Témoris, municipio de Guazapares.
Durante el proceso, se demostró que el ahora sentenciado participó activamente en la privación de la libertad del representante social y en compañía de varios sujetos más, lo mantuvieron oculto por aproximadamente 7 días, posteriormente lo privaron de la vida y depositaron sus restos en una brecha que conduce de Témoris a Bahuichivo.
En el curso de las indagatorias, se estableció que el entonces Director de Seguridad Pública Paulino M. R. (sentenciado por estos mismos hechos), formaba parte de la célula criminal y fue el responsable de facilitar la ubicación de la víctima para cometer el ilícito.
A Fernando F. C. se le ejecutó una orden de aprehensión en relación con estos hechos el 4 de noviembre de 2022, luego de su captura en un operativo en la localidad de Témoris, en el que se le aseguraron equipos de radio comunicación, armas y un vehículo que contaba con reporte de robo.
Tras su vinculación a proceso, el imputado reconoció su responsabilidad penal en los hechos y solicitó su sentencia a través de un Procedimiento Especial Abreviado, en el que se le impuso la condena antes señalada.
Aunado a lo anterior, se le condenó a pagar una multa 329 mil 101 pesos y además deberá cubrir un pago de 616 mil pesos que se pagará de forma solidaria entre los diversos coautores del delito.
Finalmente, como parte de esta sentencia, se contempla un acto de disculpa pública que se realizará en los términos que señale el Juez en la etapa de ejecución.
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